Noticias Admisión Temporal
COMUNICACIÓN N° 2 – Régimen
De admisión Temporaria – Decreto 1.330/2004
Se recuerda que todo usuario que realice
por primera vez un trámite de solicitud de CTIT(Certificado de Tipificación
de Importación Temporaria) o de ITP (Informe Técnico Preliminar)
deberá presentar toda la documentación en un solo Expediente
(Nota de Acogimiento, Solicitud de CTIT/ITP y documentación jurídica
según Disposición SSPyGC N° 28/2006).
Se reitera NO presentar
por expedientes separados la solicitud de CTIT/ITP y la documentación
jurídica
DIRECCION DE PROMOCION DE EXPORTACIONES
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Dirección de Promoción de las Exportaciones: Julio A. Roca 651 Piso 6to Sector 16.
NUEVO HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO:
MARTES Y JUEVES DE 10.00 HS A 13.00 HS Y DE 13.30 HS A 16.00 HS. Los trámites que se atenderán por ventanilla son:
- Retiro del ITP/CTIT: el trámite podrá ser realizado por una autoridad ó apoderado de la empresa debidamente acreditado ó por una persona autorizada por la empresa mediante nota
- Toma de vista de actuaciones: el trámite podrá ser realizado por una autoridad ó apoderado de la empresa, debidamente acreditado
Tal como se estipula en la Disposición 28 del 27/10/06, en esta página web podrá realizar el seguimiento del expediente por el cual se tramita el ITP/CTIT correspondiente.
Toda otra consulta deberá ser gestionada electrónicamente a la dirección destinada a tal fin : d1330info@mecon.gov.ar
Implementación Decreto 1330/2004
Instructivos y Sistema de Formularios Web CTIT / ITP
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